Cómo se usan estas fechas en un plazo
En los plazos que se cuentan en días hábiles no se computan los sábados, domingos, feriados, días de feria ni asuetos. Si el plazo vence en uno de esos días, se corre al primer día hábil siguiente. Lacalculadora de plazos procesales usa exactamente este calendario y te muestra qué días saltó.
Feria, feriado y asueto no son lo mismo
- Feria judicial: receso de los tribunales, en enero y en invierno. Solo atienden los juzgados de feria para lo urgente.
- Feriado: día no laborable nacional fijado por ley. Es inhábil para todo.
- Asueto: día que el máximo tribunal declara inhábil por acordada, por ejemplo por un corte de luz o un paro.
Las acordadas de asueto se publican con poco margen. Si vas a presentar al límite, revisá el sitio de la Corte Suprema o de la Suprema Corte bonaerense el mismo día.
