Herramienta gratuita

Calculadora de honorarios Ley 27.423

Cargá la base regulatoria y el tipo de proceso. Pasamos el monto a UMA con el valor vigente, aplicamos la escala del art. 21 y te mostramos cada paso.

Sin registro. Lo que cargás queda en tu navegador. Actualizado el 7 de octubre de 2026.

Monto de la demanda, la sentencia o la transacción, según el art. 22.
Vigente desde el 01/08/2026 (Res. 2372/26). Ver todos los valores
Solo para el indicador del tope de costas del art. 56, Ley 27.802.
Cargá la base regulatoria para ver el resultado.

En IURA

Once calculadoras legales, con la UMA vigente ya cargada

En IURA tenés esta calculadora y diez más (laboral, daños, intereses, alimentos, tasa de justicia), y cada resultado se imprime como planilla lista para acompañar.

La escala del art. 21

Base en UMAAlícuota
Hasta 15 UMADel 22% al 33%
Más de 15 y hasta 45 UMADel 20% al 26%
Más de 45 y hasta 90 UMADel 18% al 24%
Más de 90 y hasta 150 UMADel 17% al 22%
Más de 150 y hasta 450 UMADel 15% al 20%
Más de 450 y hasta 750 UMADel 13% al 17%
Más de 750 UMADel 12% al 15%

El juez regula dentro del rango de cada tramo. La calculadora arranca por el mínimo, que es el número conservador, y te deja probar el punto medio o el máximo.

Cómo hace la cuenta

  1. Divide la base regulatoria por el valor de la UMA vigente.
  2. Ubica el tramo de la escala y aplica la alícuota elegida.
  3. Controla el piso del último párrafo del art. 21 y, si da más, usa ese.
  4. Si el resultado queda por debajo del mínimo del art. 58 para el proceso, lo eleva al mínimo.
  5. Multiplica el honorario en UMA por el valor de la UMA para darlo en pesos.

La calculadora hace la aritmética; la base regulatoria, el punto de la escala y el mínimo aplicable son criterio profesional y del tribunal.

Preguntas frecuentes

Se pasa la base regulatoria a UMA (dividiendo por el valor vigente), se ubica el tramo de la escala del art. 21 y se aplica la alícuota que el juez elige dentro del rango de ese tramo. El resultado no puede ser menor al mínimo del art. 58 para el tipo de proceso.

La ley dice que los honorarios nunca pueden ser inferiores al máximo del grado anterior más la alícuota del grado siguiente sobre el excedente. Sin esa regla, un juicio apenas más grande podía regular menos. La calculadora lo aplica y te avisa cuando fue el piso el que definió el resultado.

10 UMA en procesos de conocimiento, 6 UMA en ejecutivos, 2 UMA en mediación, 4 UMA en auxiliares de justicia. Elegí el que corresponde al proceso y la calculadora lo aplica si la escala da menos.

El art. 56 fija que la responsabilidad por costas de primera instancia, honorarios incluidos, no puede superar el 25% del monto de la sentencia. No limita el honorario devengado sino lo que paga el condenado en costas. Si cargás el monto de la sentencia, la calculadora te muestra cuánto de ese tope consume este honorario.

No. En la provincia rige la Ley 14.967, que regula en JUS y con otra escala. Esta calculadora es para la Justicia Nacional y Federal.

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